
Discapacidad no es sinónimo de diagnóstico psiquiátrico. En Chile, sigue el enfoque de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: surge de la interacción entre una condición de salud y barreras del entorno que limitan la participación social. La medición práctica se hace con informes clínicos + evaluación funcional para acceder a apoyos y beneficios (credencial RND, PBSI/PGU, ajustes razonables, etc.).
En salud mental, ejemplos típicos son: depresión severa y persistente, trastorno bipolar con episodios frecuentes, esquizofrenia, TEA o TLP con deterioro funcional significativo. Lo determinante no es el rótulo diagnóstico, sino cómo afecta el funcionamiento (autocuidado, trabajo/estudio, relaciones, toma de decisiones).

Monto vigente y reajustes
La PBSI se paga mensualmente y se reajusta anualmente por IPC. Para mantener esta guía operativa y sin desactualizaciones, valida siempre el monto vigente y el reajuste directamente en los enlaces oficiales (Ventanilla Única Social / ChileAtiende / IPS).
- Reajuste por IPC: protege poder adquisitivo mediante reajuste periódico.
- Sin cotización previa: la PBSI no exige años cotizados.
- Transición a PGU (65+): al cumplir 65 años, puede corresponder PGU según requisitos.
Requisitos de elegibilidad (resumen práctico)
- Edad: 18 a 64 años y 11 meses.
- Sin derecho a pensión en ningún régimen como titular ni beneficiario (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, sobrevivencia).
- Evaluación de invalidez coordinada por IPS ante Comisión Médica Regional (CMR).
- Residencia: 5 años en Chile dentro de los últimos 6 (continuos o no).
- Vulnerabilidad: estar dentro del 80% según Registro Social de Hogares.
Fuente oficial con requisitos y monto: Ventanilla Única Social.
Evaluación por Comisión Médica Regional (CMR)
El IPS recepciona la solicitud, verifica requisitos administrativos y deriva a CMR. Las comisiones emiten dictamen de invalidez con criterios técnicos estandarizados; existe apelación a Comisión Médica Central.
- Dictamen CMR con base clínica y funcional.
- Posibilidad de reposición o apelación si no se está de acuerdo.
Compatibilidades e incompatibilidades
- Incompatible con otras pensiones previsionales (AFP, IPS, Capredena, Dipreca) y otras incompatibilidades específicas según normativa vigente.
- Compatible con ciertas asignaciones/beneficios sociales según causales y con transición a PGU al cumplir 65 años, si corresponde.
Nota sobre trabajo: se recomienda verificar límites y reglas vigentes en IPS/ChileAtiende para evitar suspensiones por cruces administrativos.

Para acceder a ciertos apoyos (ajustes razonables, franquicias, transporte, cupos laborales, etc.) se solicita la certificación de discapacidad a través de COMPIN y posterior inscripción en el RND (Registro Civil). La credencial facilita la acreditación de la condición ante servicios públicos y privados.
Pasos rápidos
- Certificación en COMPIN (informe médico y funcional).
- Resolución de discapacidad (causa/grado/vigencia).
- Inscripción en RND (Registro Civil). Emisión de credencial.
Bases legales
- Ley 20.422 (inclusión y accesibilidad).
- Ley 21.331 (derechos en salud mental).
- Ley 21.015 (inclusión laboral).


Muchas personas con discapacidad por condiciones de salud mental pueden y desean trabajar. La compatibilidad con empleo y el efecto de ingresos sobre continuidad del beneficio se revisa con normativa vigente y cruces administrativos. Recomendación práctica: si firmas contrato o cambias tus ingresos, informa y verifica tu situación directamente en IPS/ChileAtiende para evitar suspensiones innecesarias.
Si el trabajo cesa o los ingresos bajan, la continuidad del beneficio puede reactivarse al recuperar la condición de elegibilidad. Revise siempre la situación personal con ChileAtiende/IPS.
| Ítem | PBSI (Solidaria) | Invalidez AFP (Contributiva) |
|---|---|---|
| Requisito de cotizaciones | No exige cotizaciones previas; focaliza en vulnerabilidad y dictamen CMR. | Usa fondos acumulados y, cuando procede, cobertura del SIS (seguro) si se cumplen exigencias de cotización reciente. |
| Monto | Depende del monto vigente solidario y reajustes aplicables. | Depende de saldo individual y/o seguro; con pocos años cotizados suele ser bajo. |
| Transición a los 65 años | Convierte a PGU si cumple requisitos. | Sigue régimen previsional propio + posibilidad PGU complementaria según tramo. |
| Compatibilidad | Incompatible con otras pensiones previsionales según reglas vigentes. | Incompatible con PBSI; puede coexistir con otros ingresos según reglas previsionales. |

¿Necesito tener ya un “dictamen de invalidez” para postular a PBSI?
No necesariamente. El IPS recepciona la solicitud y coordina la evaluación con la Comisión Médica Regional.
¿Qué pasa si tengo fondos en AFP pero no alcanzan para una pensión digna?
Contar con una cuenta AFP no siempre impide la PBSI; el IPS verifica caso a caso si existe derecho efectivo a pensión.
¿La PBSI descuenta para salud?
Verifique el tratamiento vigente del beneficio directamente en IPS/ChileAtiende, porque puede variar por normativa y reglas de afiliación/financiamiento.
¿Qué leyes protegen mis derechos en atención psiquiátrica?
Ley 21.331 (derechos en salud mental) y Ley 20.584 (derechos y deberes en salud) definen dignidad, no discriminación, consentimiento y apoyos.
¿Cómo pido ajustes razonables en el trabajo?
Solicítelos a RR.HH. con respaldo médico simple (tareas críticas y ajustes específicos). La Ley 20.422 reconoce ajustes razonables; la Ley 21.015 promueve inclusión laboral (cuota ≥100 trabajadores).
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